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Sucesión de empresas: Excepciones a la subrogación de personal

 En un supuesto de sucesión de empresas, cuando un trabajador no cumple el requisito legal de habilitación administrativa para el puesto de trabajo (en este caso, vigilante de seguridad), y se procede a su despido, la empresa responsable del cese es la saliente, dado que la trabajadora no cumple un requisito esencial, la previa autorización administrativa, que afecta incluso a la configuración del contrato laboral entre empresa y trabajador. La nueva empresa adjudicataria del servicio no puede verse obligada a asumir trabajadores que no cumplen los requisitos exigidos por la ley.

Sentencia T.S. (Sala 4) de 28 de septiembre de 2011


Las medidas de prevención de la morosidad y el Plan de lucha contra el fraude fiscal, laboral y a la Seguridad Social desarrollado por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) por sí misma y en colaboración con otras entidades públicas y privadas están arrojando resultados que se reflejan en el recorte de los plazos de actuación y en la mejora de la eficacia. La recaudación en vía ejecutiva por este concepto ha sido de 907 millones entre enero y julio de 2011 y de 425,4 por derivaciones de responsabilidad.

 A través de las derivaciones de responsabilidad la Seguridad Social reclama la deuda a una persona distinta al inicialmente obligado al pago cuando existen indicios de que elempresario ha intentado eludir el pago de cotizaciones. Entre enero y julio de 2011 se han realizado 12.232 derivaciones de responsabilidad por las que se ha reclamado una deuda de 425,4 millones de euros. En el primer semestre de 2010 se realizaron 11.734 derivaciones y se reclamaron 358,82 millones de euros.

 Medio: Expansión (02.11.2011). Fuente: Lexdiario

 


La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, extiende el sistema del juicio monitorio a los juicios de desahucio por falta de pago: si el arrendatario no desaloja el inmueble, paga o formula oposición tras el requerimiento, se pasa directamente al lanzamiento”.

 Medio: Expansión (02.11.2011).¡, Fuente: Lexdiario

 


 

La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal  suprime el límite cuantitativo del procedimiento monitorio, equiparándolo de este modo al proceso monitorio europeo, con el fin de evitar limitaciones de acceso a este procedimiento, que se ha convertido con mucho en la forma más frecuente de iniciar las reclamaciones judiciales de cantidad. Dicha modificación entrará en vigor el próximo 31 de octubre de 2011.